Mayo 2020

Solicitud de Ajustes y precisiones a CIRCULAR 010 de 11-05-2020

La CIRCULAR 010 de mayo de 2020, NO hace excepciones, ni diferenciaciones respecto a procesos administrativos ni misionales, en consecuencia, todos los procesos, servicios, actividades, funciones, tareas u operaciones de la CGR que NO requieran la prestación presencial podrán “continuar desarrollándose en Casa”. Sin embargo, creemos conveniente efectuar AJUSTES Y PRECISIONES respecto de algunos apartes de la CIRCUALR 010.

Primero la salud y la vida. Pandemia y Control Fiscal

Somos conscientes del impacto que nuestro quehacer misional tiene en la ciudadanía y en los resultados que el país espera, especialmente con las nuevas facultades otorgadas mediante el Decreto 403 del 16 de marzo de 2020, planteamos a continuación unas propuestas que permitirán continuar desarrollando nuestras funciones a través del trabajo en casa.

Incapacidades, licencias de maternidad y paternidad debe tramitarlo la CGR no los trabajadores

Tal y como lo ha ratificado el Ministerio de Salud y Protección Social, entre otros, en el Concepto 201211202413661 de 15-11-2012, es un deber atribuible al empleador tramitar la prestación económica correspondiente ante la entidad promotora de salud EPS donde se encuentre afiliado el trabajador, toda vez que se encuentra prohibido trasladarle a éste cualquier trámite sobre el particular.