Medición de competencias comportamentales ¿Qué hay detrás?

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Las explicaciones dadas por la Directora de carrera administrativa para la socialización de las competencias comportamentales realizada el 21 de noviembre,  reafirma su inconveniencia y  nuestra  convocatoria a los funcionarios de carrera a NO REALIZAR dicha evaluación por las siguientes razones:

 

1.- Se trata de una evaluación así lo quieran disfrazar de medición, de conformidad con lo estipulado en las cláusulas de las obligaciones especificas del contratista claramente se refiere a las evaluaciones de los 2.903 funcionarios de carrera,  y  así se refería indistintamente  la Directora de Carrera en su exposición,  y además explicó por qué no se les aplicaba a los funcionarios provisiónales dicha evaluación, “porque a estos no se les evalúa de conformidad con las normas de  nuestro régimen de carrera especial” Entonces, sí es una evaluación para los funcionarios de carrera y sí afecta indirectamente la evaluación de desempeño. No lo decimos nosotros, está en las mismas diapositivas enviadas por la Dirección de carrera y en el contrato CGR-874-2024.

 

¿QUE beneficios traerá la medición de competencias comportamentales? Uno de ellos dice textualmente: ”La medición de competencias le permite al jefe tener una visión mas clara sobre el nivel de desarrollo de las competencias comportamentales individuales y grupales y se constituirán en un insumo importante para concertar los  objetivos de mejoramiento en el Sistema de Evaluación de Desempeño”  ( subrayado extra texto )  Entonces doctora Olga Lucia Gonzalez, los funcionarios de carrera conocemos perfectamente nuestro sistema de evaluación de desempeño y tenemos claro,  que  sí va afectar nuestro sistema de evaluación de desempeño,  y sí   va afectar la concertación en la parte de objetivos de mejora.

 

2.- Seremos evaluados, aunque se les llame observadores cuando se trata de evaluadores, CON EL AGRAVANTE que no sabemos quién nos evalúa.  Es decir, evaluadores sin rostro. (Nos recuerda la época de los jueces sin rostro), aunque ello tenía una justificación y ahora cual es el motivo, razón o circunstancia que lo evalué un observador anónimo? 

 

3.- La medición de competencias comportamentales, así  como  el diccionario de competencias comportamentales,  se aplican a todos los funcionarios de  la Contraloría General de la República, independiente a su forma de vinculación, pues todos debemos mejorar nuestras competencias laborales, dentro de las cuales se encuentran las comportamentales. (Res 388 /2023)

 

4.- En materia de carrera administrativa, no está permitida la discrecionalidad, pues esta se encuentra limitada por la Ley y repetimos nuestro sistema de evaluación de desempeño es absolutamente reglado y cualquiera otra evaluación, camuflada como medición, no estamos obligados a realizarla.

 

5.- Lo único claro que nos quedó de la exposición de motivos de esta evaluación es que su diligenciamiento contribuye a legalizar el pago y cumplimiento del contrato, tal como lo manifestó la Dra. Olga Lucia González “ NOS AYUDARÍA MUCHO AL CUMPLIMIENTO DEL CONTRATO “ y deslegitima el objetivo del plan estratégico que sirvió de fundamento para la contratación que es el de construir confianza, porque una evaluación ilegal como la que se pretende hacer lo único que lesiona es la confianza.

ASCONTROL, ASDECCOL, MAYO, CONAUDITORES, AFUNCGER Y SINALTRASE reafirman y reiteran la ilegalidad de la “medición” y así se trate de soslayar sí hay incumplimiento del acuerdo laboral suscrito y por lo tanto nos reafirmamos en la orientación e invitación de NO DILIGENCIAR esa supuesta “medición”.

 

Con fundamento en lo anterior, las organizaciones sindicales ASCONTROL, ASDECCOL, MAYO, CONAUDITORES, AFUNCGER Y SINALTRASE nos permitimos CONVOCAR a todos los trabajadores y trabajadoras de la CGR a movilizarnos en defensa de nuestra carrera administrativa.

 

JORNADA NACIONAL DE MOVILIZACION EN DEFENSA DE LA CARRERA ADMINISTRATIVA

 

MARTES 26 DE NOVIEMBRE

9:00 AM

 

(Concentración en todas las Gerencias Departamentales y Nivel Central)

Bogotá, D. C. Noviembre 22 de 2024