
En efecto, en la sentencia C-037 de 1996, esta Corporación al ejercer control constitucional sobre el artículo 45 del proyecto de ley número 58/94 Senado y 264/95 Cámara, "Estatutaria de la
Administración de Justicia", declaró la exequibilidad de la expresión
"Las sentencias que profiera la Corte Constitucional sobre los actos sujetos a su control en los términos del artículo 241 de la Constitución Política, tienen efectos hacia el futuro a menos que la Corte resuelva lo contrario", contenida en el artículo que se examina. El resto de la norma será declarada inexequible ".