Candidatos al Comité de Convivencia Laboral - Bogotá

Alfredo Vega Montagut
PERFIL PROFESIONAL
Profesional universitario grado 02 dvf gestión pública e instituciones financieras. Contador publico universidad francisco de paula santander especialista en aseguramiento y control interno universidad javeriana, diplomado en control fiscal participativo universidad nacional, diplomado audit of receipts beca gobierno de la india. Doce años como profesional universitario en las gerencias departamentales de san andres y amazonas, contraloria delegada defensa, justicia y seguridad, contraloría delegada para la gestión publica en instituciones financieras representante en varias oportunidades en los comites departamentales de la gerencia departamental de san andres, providencia y santa catalina y gerencia departamental de amazonas.
Henry Duarte Serrano
PERFIL PROFESIONAL
Docente Universitario de 1994 al 2004 en varias cátedras de la Zootecnia en la Universidad Nacional Abierta y a Distancia – UNAD Vinculado a la Contraloría General de la República desde principios de 1978 con experiencia en procesos de auditoría y de estudios de política pública del sector agropecuario.
PROGRAMA
1. Recibir y dar trámite a las quejas presentadas en las que se describan situaciones que puedan constituir acoso laboral, así como las pruebas que las soportan.
2. Examinar de manera confidencial los casos específicos o puntuales en los que se formule queja o reclamo, que pudieran tipificar conductas o circunstancias de acoso laboral, al interior de la entidad pública o empresa privada.
3. Escuchar a las partes involucradas de manera individual sobre los hechos que dieron lugar a la queja.
4. Adelantar reuniones con el fin de crear un espacio de diálogo entre las partes involucradas, promoviendo compromisos mutuos para llegar a una solución efectiva de las controversias.
5. Formular un plan de mejora concertado entre las partes, para construir, renovar y promover la convivencia laboral, garantizando en todos los casos el principio de la confidencialidad.
6. Hacer seguimiento a los compromisos adquiridos por las partes involucradas en la queja, verificando su cumplimiento de acuerdo con lo pactado.
7. En aquellos casos en que no se llegue a un acuerdo entre las partes, no se cumplan las recomendaciones formuladas o la conducta persista, el Comité de Convivencia Laboral, deberá remitir la queja a la Procuraduría General de la Nación, tratándose del sector público. En el sector privado, el Comité informará a la alta dirección de la empresa, cerrará el caso y el trabajador puede presentar la queja ante el inspector de trabajo o demandar ante el juez competente.
8. Presentar a la alta dirección de la entidad pública o la empresa privada las recomendaciones para el desarrollo efectivo de las medidas preventivas y correctivas del acoso laboral, así como el informe anual de resultados de la gestión del comité de convivencia laboral y los informes requeridos por los organismos de control.
9. Hacer seguimiento al cumplimiento de las recomendaciones dadas por el Comité de Convivencia a las dependencias de gestión del recurso humano y salud ocupacional de las empresas e instituciones públicas y privadas.
10. Elaborar informes trimestrales sobre la gestión del Comité que incluya estadísticas de las quejas, seguimiento de los casos y recomendaciones, los cuales serán presentados a la alta dirección de la entidad pública o empresa privada.”